KIT DIGITAL OFICINA VIRTUAL DIGITAL

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

Funcionalidades y servicios

  • REGISTRO DE DOMINIO DE PRIMER NIVEL .COM .ES

    Alta de nuevo dominio para la pyme beneficiaria durante un año. La titularidad del dominio será en su totalidad del cliente.

  • ESPACIO DE ALMACENAMIENTO

    Dispones de un espacio de almacenamiento escalable por usuario, dicho espacio puede escalarse con facilidad.

  • ENTORNO WEB Y LOCAL

    Tendras acceso a tus archivos desde cualquier lugar y desde cualquier dispositivo.

  • ENLACES PERSONALIZADOS

    Creacion de enlaces para enviar por email o mensajeria, para la posterior descarga del fichero o edicion colaborativa, protegidos si es necesario con contraseña.

  • ACCESIBLE

    Diseño que cumple con los criterios de conformidad de nivel AA de las Pautas WCAG-2.1. Sin olvidar la imagen de marca de tu negocio.

  • AUTOGESTIONABLE

    Un panel privado para poder añadir usuarios nuevos, ficheros carpetas, etc.

  • FORMACION

    Dispondras de 5 horas de formación para que sepas como usar las herramientas de edicion de ficheros, subida de archivos, instalacion de agentes sincronizadores, y alta y baja de usuarios.

  • REGISTRO DE ACTIVIDAD

    Todas las actividades en la oficina virtual son registradas, sabras quien y cuando ha editado, abierto o borrado un fichero.

  • USUARIOS

    Creacion de diferentes tipos de usuarios, podras dar acceso a quien necesites que te envie documentos de cualquier tipo facturas, albaranes, etc. se acabo el tener que enviar a un cliente todas las facturas por email podras crearle un usuario y que el mismo las pueda consultar.

IMPORTE MÁXIMO DE LA AYUDA 2000€

PRECIO: DESDE 2605 € (SIN IVA)

Requisitos para solicitar la ayuda

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas minimás (de pequeña cuantía)
Nombre(Obligatorio)
Dirección
SERVICIOS DE INTERES
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